Te informamos en qué casos corresponde cobertura de ART para aquellos trabajadores que hubiesen contraído COVID 19 en el desempeño de sus actividades laborales, de acuerdo al Decreto de Necesidad y Urgencia 39/21 publicado en el Boletín Oficial el 23 de enero y prorrogado el 25 de junio hasta el 31/12/21, bajo el DNU 413/21.
¿Quiénes se encuentran cubiertos bajo el DNU 39/21?
El DNU establece que la enfermedad COVID-19 producida por el virus SARS-CoV-2 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada- en los términos del apartado 2, inciso b) del artículo 6º de la Ley Nº 24.557, respecto de la totalidad de los trabajadores dependientes incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular..
1. Trabajador que presta tareas efectivamente en su lugar habitual, fuera de su domicilio particular: la denuncia se encuentra bajo la cobertura del DNU 39/21.
2. Trabajador que presta tareas en modalidad de teletrabajo, o trabajo remoto, desde su domicilio particular, sin concurrir a su lugar habitual de prestación de tareas: la denuncia se encuentra fuera de la cobertura del DNU 39/21.
3. Trabajador que presta tareas parcialmente de forma efectiva en su lugar habitual de trabajo, y parte en modalidad de teletrabajo:
¿Qué hacer si un trabajador contrae COVID 19?
Una vez que el empleado es diagnosticado (Hisopado positivo), deberán presentar la documentación requerida para realizar la denuncia a la ART.
Deberán tener en cuenta que las denuncias por COVID-19 se gestionan mediante la presentación de la documentación detallada a continuación, y no telefónicamente.
Toda la documentación requerida deberá ser enviada a la casilla de mail: certificadoscovid@swissmedical.com.ar
¿Qué información requeriremos?
¿Qué cobertura brindará la ART?
¿Cómo es el proceso de alta del trabajador?
El alta laboral de cada trabajador aplicará en función a los protocolos de ministerios de salud de cada jurisdicción. Por lo tanto, los trabajadores podrán ser rehisopados o no dependiendo del procedimiento de cada protocolo.
Una vez que el paciente tiene el alta epidemiológica, será contactado para el alta médico laboral definitiva. Luego de brindada el alta definitiva por la ART, el trabajador podrá reincorporarse a sus tareas laborales. Tené en cuenta que estos procedimientos son dinámicos y pueden ser modificados en función de cambios establecidos en los protocolos ministeriales.
Accedé a los protocolos aquí.
Es importante destacar que Swiss Medical Seguros dará total cumplimiento a la solicitud de los requisitos indicados en la Resolución vigente para brindar la cobertura y posterior otorgamiento de las prestaciones correspondientes.
Por dudas o consultas, comunicate con nosotros a través de los siguientes medios de contacto: Teléfono: 0800-222-7854| Mail: serviciosalcliente@smg.com.ar